De esta manera, quedan eximidos de la obligación de presentar la declaración de supervivencia.
El Gobierno hizo efectiva la eliminación del trámite de fe de vida a jubilados, pensionados y titulares de pensiones no contributivas, por lo que quedan eximidos de la obligación de presentar la declaración de supervivencia.
Se trata de la ley 27721, que había sido sancionada por el Congreso el 5 de julio y que ahora fue promulgada por medio del Decreto 365/2023, publicado este lunes en el Boletín Oficial.
Así, la norma establece que los beneficiarios de jubilaciones y pensiones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y del Sistema de Pensiones no Contributivas no deberán presentar la declaración de supervivencia o fe de vida, así como cualquier trámite complementario con igual fin, quedando sin efecto toda demostración de subsistencia a cargo del beneficiario como condición para el cobro de sus haberes y demás beneficios previsionales.
Asimismo, los haberes o prestaciones de la seguridad social que integran el SIPA, como aquellas comprendidas en el Sistema de Pensiones no Contributivas a cargo del ANSeS no requerirán, en ningún caso, de la realización de acción deliberada alguna a cargo de la persona beneficiaria o apoderada para acreditar supervivencia.
En ese sentido, las entidades que realicen pagos de jubilaciones y pensiones, por su parte, tienen la obligación de rendir como impagos los fondos pagados con posterioridad a la fecha de fallecimiento de la persona titular del beneficio, de acuerdo con el texto oficial.
Además, la ANSeS quedó facultada para dictar las normas aclaratorias y complementarias pertinentes a la ley.