La Comisión Nacional de Valores decidió cerrar más el cepo emitiendo una norma que limitó las operaciones con CEDEARs para evitar que se dispare el Contado con Liquidación.
En medio de las especulaciones por una corrida cambiaria, el Gobierno nacional decidió este martes cerrar aún más el cepo en las operaciones que se realizan en la Bolsa de Comercio.
La medida entra en vigencia a partir de hoy mediante la Resolución General 982/2023 publicada en el Boletín Oficial.
Según afirmó el Ejecutivo, el objetivo es mantener controladas las cotizaciones financieras en las últimas cuatro ruedas previas a las elecciones. La medida la tomó a través de una resolución de la Comisión Nacional de Valores (CNV), quien limitó las operaciones con CEDEARs, los títulos que se utilizan para realizar las transacciones en el Contado con Liquidación (CCL).
La nueva norma, de acuerdo a lo establecido por el Gobierno, no afecta a los inversores minoristas y sólo apunta a un aspecto de la operación de los Agentes de Negociación y los Agentes de Liquidación y Compensación (ALyCs).
«La nueva reglamentación no cambia nada en el segmentos cedears para los clientes. El cambio es solamente para las carteras propias de las Alycs y hace que nosotros no podamos acumular CEDERAs netos contra pesos pero nuevamente, ningún cambio para los clientes«, afirmó el agente Ariel Sbdar.
Ahora, las AlyCs deberán presentar una declaración jurada para realizar una operación.
Además, sumó la posibilidad de no usar parking para comprar dólar Contado con Liquidación (CCL) por SENEBI (otro mercado bursátil) mientras se descargue esos dólares vía desarme de CEDEARs contra pesos argentinos.
«En el actual contexto económico imperante y en el marco de la reciente evolución del mercado de cambios, se torna necesario reducir la volatilidad de las variables financieras y contener el impacto de las oscilaciones de los flujos financieros sobre el normal funcionamiento de la economía real, así como el impacto de las operaciones instrumentadas en el mercado de capitales a través de la compra venta simultánea de valores negociables», aseguró la CNV.
La norma aclara que es de «carácter extraordinario y transitorio», hasta tanto «hechos sobrevinientes hagan aconsejable su revisión y/o desaparezcan las causas que determinaron su adopción».