Hasta que no se apruebe el DNU sigue en vigencia el esquema anterior.
Permitidos sin pago de arancel
- Ingreso: un teléfono y una notebook o tablet.
- Ingreso y egreso: Ropas y objetos sin fines comerciales, de uso personal, y otros objetos declarados al salir.
- Egreso: Bienes argentinos hasta USD 2000.
Prohibiciones
- Material arqueológico y cultural
- Mercadería con finalidad comercial o industrial
- Estupefacientes
- Armas, explosivos (salvo autorización del ANMAC)
En el caso de menores de 16 años, la franquicia corresponde al 50%.
Cuando los viajeros constituyan un grupo familiar – matrimonios, uniones convivenciales e hijos menores de 16 años no emancipados -, la franquicia podrá ser utilizada en forma conjunta.
¿Qué pasa si excedo la franquicia?
Si el valor del objeto a ingresar supera la franquicia, se deberá abonar un arancel igual al 50% del total excedido.
Por ejemplo, en el caso de una franquicia aérea:
valor del objeto (USD 600) – franquicia permitida (USD 500) = excedente (USD 100) – arancel del 50% = total a pagar (USD 50)