Salió la regulación de los billeteras cripto

Lo hizo la Comisión Nacional de Valores. Comenzará a regir a partir de enero de 2026.

Con el escándalo del negocio de la cripto Libra que involucra al propio Javier Milei aún latente, la Comisión Nacional de Valores (CNV), reglamentó el funcionamiento de los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV).

El objetivo es garantizar la transparencia, estabilidad y protección de los usuarios en el ecosistema cripto, imponiendo obligaciones en materia de registro, ciberseguridad, custodia de activos, prevención de lavado de dinero y divulgación de riesgos.

“Hemos trabajado mucho en esta norma con el objetivo de que sea eficaz y cumpla con la Ley, manteniendo un equilibrio para no sobrerregular ni imponer costos innecesarios a la industria, impulsando la innovación”. “Este trabajo ha sido conjunto con todos los actores del sector, que han hecho sus aportes a travÈs de la consulta p ̇blica, los que est·n incorporados en esta normativa”, dijo el el presidente de la CNV, Roberto E. Silva.

Por último, destacó que “quienes no cumplan con los requisitos y plazos previstos no podrán operar en Argentina”.

Nuevos requisitos para las billeteras cripto

Entre los puntos más destacados de la normativa, están los siguientes:

  • Todos los PSAV se deben registrar para poder operar en el país. Por el contrario, no deben hacerlo aquellos que compran y venden o pagan y cobran en cripto por cuenta propia.
  • Se deben inscribir las personas humanas (locales) y las empresas (ya sea locales o del exterior). En el caso de los individuos, solamente podrán operar en la categoría 1 y 2.
  • Las personas jurídicas deben ser sociedades anónimas o de responsabilidad limitada y tendrán que presentar estatutosestados contables, composición accionaria y cumplir requerimientos de capital mínimo.
  • El patrimonio neto mínimo para la categoría de intercambio y custodia es de US$150.000.
  • En el caso de las empresas extranjeras, podrán operar fuera de la Argentina, pero tendrán que tener una representación local que cumpla con los requisitos y se haga responsable de las transacciones locales. A la vez, tendrán que asegurarse de poder compartir cualquier información que les solicita la CNV, la UIF o la Justicia argentina.
  • Los PSAV tendrán la obligación de segregar los activos. Esto es identificar de forma contable la separación entre las criptomonedas propias y las de los clientes. A la vez, no podrán usar los activos de los clientes. Sin embargo, a diferencia de lo que sucede con los agentes de Bolsa, la distinción es contable pero no hay una cuenta comitente separada. Por lo tanto, no se elimina el riesgo derivado de una eventual quiebra del exchange.

En cuanto a los plazos de adecuación, la norma indica que se trata de días corridos y distingue según los diferentes tipos de PSAV. Las personas humanas tienen tiempo de cumplir los requisitos de inscripción en el registro hasta el 1° de julio de este año. Las empresas locales tendrán plazo hasta el 1° de agosto de 2025. A la vez, las empresas constituidas en el exterior podrán cumplir los requerimientos hasta el 1° de septiembre.

Para adaptar el resto de la estructura operativa, habrá tiempo hasta fin de año. Por lo tanto, la norma -y las sanciones por incumplimiento- empezarán a regir plenamente el 31 de diciembre de este año.

Precisamente, en cuanto a las sanciones, la CNV puede suspender o revocar las inscripciones y los PSAV no registrados pueden ser bloqueados por orden judicial.