El Gobierno estableció las condiciones para que los empleadores abonen una asignación no remunerativa con los salarios de agosto y septiembre.
El Gobierno oficializó el pago de un bono para trabajadores registrados y personal doméstico de $60.000, que alcanzará a empleados públicos y del sector privado. La medida se formalizó por medio del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 438/2023, publicado este jueves en el Boletín Oficial.
Será abonada en dos cuotas de $30.000 con los salarios devengados de agosto y septiembre.
- «Régimen de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares«: la suma fija ascenderá a $25.000, que será abonada en dos cuotas de $12.500, también con los haberes de agosto y septiembre.
- El pago de la primera cuota se efectuará dentro del plazo máximo de 15 días hábiles, contados a partir del 1° de septiembre de 2023, mientras que la segunda deberá ser abonada en los términos de la normativa legal vigente con el salario de septiembre.
Trabajadores públicos y privados:
- $30.000 para los trabajadores que perciben salarios netos, correspondientes al devengado en agosto de 2023, menores o iguales a $370.000.
- La diferencia entre $400.000 y los salarios netos superiores a $370.00 para quienes perciben salarios netos mayores a ese último monto, pero menores a $400.000.
Personal doméstico:
- $12.500 para quienes perciben salarios netos, correspondientes al devengado en agosto de 2023, menores o iguales a $387.500.
- La diferencia entre $400.000 y los salarios netos superiores a $387.500 correspondientes al devengado en agosto de 2023, para los trabajadores que perciben salarios netos mayores a ese último monto, y menores a $400.000.
El Gobierno ratificó que las asignaciones no remunerativas podrán ser absorbidas en concepto de aumentos salariales establecidos en los acuerdos, en el marco dispuesto por las Comisiones Negociadoras de sus respectivos Convenios Colectivos de Trabajo.
A través del DNU se formalizó también que las Micro y Pequeñas Empresas que cuenten con Certificado MiPyME podrán computar a cuenta del pago de sus contribuciones patronales declaradas con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), al PAMI, al Régimen de Asignaciones Familiares y al Fondo Nacional de Empleo, las sumas abonadas en concepto de asignación no remunerativa.
Registro MiPyME detalladas:
- Micro: 100 % del monto total abonado en concepto de asignación no remunerativa.
- Pequeña: 50 % del monto total abonado en concepto de asignación no remunerativa.
- Los reintegros serán efectuados durante los meses correspondientes al pago de la asignación y tendrán como monto máximo mensual el total de las contribuciones patronales declaradas con destino a los subsistemas, puntualizó el texto oficial.