Canje de bonos: el Gobierno decretó cuáles son los organismos púbicos que deben acatar la medida

Mediante el DNU 164/2023 ordena a los organismos públicos poner a disposición sus tenencias de títulos en dólares para realizar la operación, mientras que por el 163/2023 pesifica las Letras Intransferibles en dólares del Tesoro Nacional en poder del BCRA.

El Gobierno nacional publicó hoy en el Boletín Oficial los Decretos de Necesidad y Urgencia 163/2023 y 164/2023 a través de los cuales avanzará en la operación de canje de bonos en dólares en manos de organismos públicos por nuevos títulos en pesos.

El decreto 164/2023 dispone que jurisdicciones, entidades y fondos del Sector Público nacional deban poner a la venta o subasta de sus tenencias de títulos públicos nacionales nominados en dólares bajo legislación nacional.

Estás licitaciones quedan a cargo del Ministerio de Economía. Los bonos son los denominados: AL29, AL30, AL35, AE38 y AL41 (el número que acompaña a la sigla corresponde al año de vencimiento).

El artículo 3 del mismo decreto ordena que los títulos en dólares bajo legislación extranjera en manos de los mismos organismos sean entregados al Tesoro Nacional que, a cambio, dará nuevos bonos pagaderos en pesos, cuyas características definirá el Palacio de Hacienda. Los bonos son los denominados de la siguiente manera: GD29, GD30, GD35, GD38, GD41 y GD46.

El Gobierno apunta a captar unos US$4.000 millones que serían “deslistados” (dejarían de existir).

El artículo 4 de la normativa define cuál será la aplicación de los recursos que los organismos obtengan por las licitaciones de sus títulos bajo ley nacional: con el 70% deberán suscribir un bono dual (el tenedor elige actualización por inflación o tipo de cambio) con vencimiento en 2036, mientras que el 30% restante deberá asignarse a cubrir el déficit operativo que tuvieran.

En tanto, el artículo 7 define que el Ministerio de Economía será el que definirá el listado de jurisdicciones, entidades y fondos alcanzados por la norma.

Asimismo, establece que esta disposición no está alcanzada por la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.

A su vez, el Ejecutivo publicó el DNU 163/2023 por el cuál ordena la pesificación de las Letras Intransferibles en poder del Banco Central que fueron entregadas por el Tesoro Nacional.

Ambos decretos llevan la firma de la totalidad de los miembros del Gabinete nacional.

Con estas medidas, el Gobierno busca hacerse de herramientas que le permitan intervenir en los mercados financieros del dólar, de cara a meses complicados.

A partir de abril, el mercado de cambio es abastecido por las divisas provenientes de la cosecha gruesa que este año disminuirán seriamente por la sequía.

Nota original de Noticias Argentinas.