Cómo es el nuevo registro que simplifica el acceso de pequeños productores agropecuarios a la asistencia estatal

El Gobierno apunta a mejorar la asistencia a las Micros, Pequeñas y Mediana Empresas del sector agropecuario.

El Gobierno creó un Registro Nacional de micro, pequeñas y medianas empresas agroalimentarias, para simplificar el acceso a los programas y acciones del Estado Nacional para los productores.

La decisión se formalizó a través de la resolución 28/2023 de la Secretaría de Agricultura, publicada este martes en el Boletín Oficial. Se trata del «Registro Nacional Mipymes Agroalimentarias», que apunta a mejorar el acceso a los beneficios estatales para ese sector.

Se entenderá por persona productora agroalimentaria aquel sujeto económico dedicado a cualquier actividad de producción primaria de agricultura, ganadería, caza, silvicultura y pesca, de la cual obtenga como resultado un producto de origen animal, vegetal y/o fúngico, de acuerdo con el texto oficial.

También será considerada persona productora agroalimentaria aquel sujeto económico que forma parte de las cadenas de valor de productos primarios y que realice un proceso de transformación y/o agregado de valor a la materia prima que recibe, y aquellos que fabriquen productos de origen biológico o biotecnológico que sirvan de insumos para la producción primaria.

Para ser considerada Micro, Pequeña y/o Mediana Empresa Agroalimentaria y solicitar su incorporación al Registro, la persona interesada deberá acreditar los siguientes requisitos:

Encontrarse inscripta en el Registro de Empresas MiPyMES, en el ámbito de la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo del Ministerio de Economía.

Encontrarse inscripta en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA), en el Registro Nacional de Productores Apícolas (RENAPA), en el Registro Único de la Cadena Agroalimentaria (RUCA) o en el Registro Nacional de Establecimientos (RNE) o constancia vigente del registro o habilitación que corresponda a la actividad agroindustrial o por
el tipo de producto.

— Además, deberá presentar la constancia de inscripción de la AFIP.

Agricultura aclaró que la inscripción en el Registro no tiene vencimiento «mientras se mantengan las condiciones y requisitos establecidos para su otorgamiento y vigencia por parte del solicitante y mientras cumplan con todas y cada una de las obligaciones impuestas por la normativa vigente».

Esa Secretaría justificó la creación de esta herramienta al señalar que «en virtud de la crucial importancia del sector, resulta necesario individualizar a sus actores a fin de elaborar políticas públicas de fomento de sus actividades».

«La correcta identificación de los grupos de empresas contribuye a que los programas públicos alcancen sus metas y, en consecuencia, se favorezca el desarrollo de las empresas, especialmente del tramo Micro, Pequeña y Mediana Empresa», añadió.

Nota original de Noticias Argentinas.