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Parte dos de la reglamentación: contratos y concesiones y RIGI

Después de la primera reglamentación de la Ley Bases esta semana continuará con otros aspectos. El vocero presidencial Manuel Adorni señaló que se seguirá con el capítulo que tiene que ver con Contratos y Concesiones y asimismo con el esperado RIGI, el régimen que destrabaría la llegada de inversiones con objetivo productivo.

El Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones, establece s incentivos, certidumbre, seguridad jurídica y un sistema eficiente de protección de derechos adquiridos a su amparo.

Según figura en el artículo 3 los objetivos prioritarios del RIGI:

a. Incentivar las Grandes Inversiones nacionales y extranjeras en la REPÚBLICA ARGENTINA a fin de garantizar la prosperidad del país;

b. Promover el desarrollo económico;

c. Desarrollar y fortalecer la competitividad de los diversos sectores económicos;

d. Incrementar las exportaciones de mercaderías y servicios al exterior comprendidas en las actividades desarrolladas en los sectores incluidos en el RIGI;

e. Favorecer la creación de empleo;

f. Generar de inmediato condiciones de previsibilidad y estabilidad para las Grandes Inversiones previstas en el RIGI y condiciones competitivas en la REPÚBLICA ARGENTINA para atraer inversiones y que las mismas se concreten mediante el adelantamiento temporal de las soluciones macroeconómicas de inversión sin las cuales determinadas industrias no podrían desarrollarse;

g. Crear para las Grandes Inversiones que cumplan con los requisitos del RIGI, un régimen que otorgue certidumbre, seguridad jurídica y protección especial para el caso de eventuales desviaciones y/o incumplimiento por parte de la administración pública y el Estado al RIGI;

h. El desarrollo coordinado de las competencias entre el ESTADO NACIONAL, las provincias y las respectivas autoridades de aplicación en materia de recursos naturales.

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