El Gobierno restableció un régimen de beneficios impositivos a refinadoras que importen combustibles para «mitigar el uso indiscriminado» de reservas.
El Gobierno restableció el Régimen de Incentivos al Abastecimiento Interno de Combustibles (RIAIC) para «mitigar el uso indiscriminado» de reservas del Banco Central para las operaciones de comercio exterior.
La medida abarca a las importaciones efectuadas entre el 1° de agosto de 2023 y el 31 de octubre de 2023, ambas fechas inclusive, e incluye naftas y gasoil. La decisión se formalizó por medio del Decreto 461/2023, publicado este jueves en el Boletín Oficial.
Ese mecanismo es aplicable a empresas refinadoras que sean sujetos pasivos de los Impuestos sobre los Combustibles Líquidos y al Dióxido de Carbono.
Los sujetos adheridos al Régimen podrán solicitar un monto equivalente a la suma que deban pagar en concepto de esos impuestos por las importaciones de gasoil y naftas.
Según el Gobierno, el monto resultante solo podrá ser aplicado a las sumas que se deban pagar en concepto de esos tributos por los hechos imponibles e importaciones que se perfeccionen dentro de los 90 días de su acreditación.
Lo dispuesto en este nuevo Decreto resultará de aplicación para todas aquellas solicitudes que se efectúen dentro del plazo que establezca la Secretaría de Energía.
«Uno de los problemas que enfrenta la industria hidrocarburífera argentina es la insuficiencia estructural de la capacidad refinadora local para abastecer completamente una demanda creciente tanto industrial como del parque automotor», explicó el Ejecutivo sobre el Régimen.
«La existencia de un abastecimiento incremental respecto de la capacidad del complejo refinador nacional implica costos crecientes que afectan el normal suministro de los requerimientos domésticos de combustibles, creando excesos de demanda en distintas regiones del país», añadió.