El objetivo es evitar el ingreso de mercadería por encima de las necesidades de las empresas y la demanda de dólares.
Para evitar el ingreso de mercadería por encima de las necesidades de las empresas y la demanda de dólares, el Gobierno nacional estableció nuevos controles para el ingreso de mercadería mediante la utilización de zonas francas.
Lo hizo a través del Decreto 341/2023 que fue publicado hoy en el Boletín Oficial.
Según la ley, para realizar importaciones por zonas francas el importador deberá presentar ante la Dirección General de Aduanas junto con la correspondiente solicitud de destinación de importación para consumo, un Certificado de Importación emitido por la Dirección de Importaciones de la Secretaría de Comercio.
«La mercadería alcanzada por el presente decreto quedará sujeta al Régimen de Comprobación de Destino por el término de cinco años contados desde el despacho a plaza», expresa el decreto.
En ese sentido, el documento indica que «en caso de faltar documentación, presentarse incompleta o inexacta, se procederá al rechazo de la solicitud de emisión del Certificado de Importación».
Además, informaron que la Secretaría de Comercio analizará los volúmenes de importaciones y si coinciden con las necesidades de producción de las compañías solicitantes y además el destino de esas compras.